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domingo, 28 de enero de 2018

Cuando Quienes deben Operar la Ley de Seguridad Interior no Están Preparados para Hacerlo


Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes



Es importante para que el público, el que se comprenda muy bien el riesgo que implica la Ley de Seguridad Interior (a parte de lo que hace unos meses expusimos en una columna anterior http://blacktideindustries.blogspot.mx/2017/12/que-busca-la-mal-sana-leyde-seguridad.html) la operatividad de las unidades del Ejército Mexicano que intervendrían (de facto) en su aplicación y éstas las unidades son de la Policía Militar (PM).


Es necesario el poner en contexto que, en lo últimos dos años, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) ha reconfigurado sus brigadas y regimientos para poder crear nueve unidades de Policía Militar integradas por elementos de infantería, caballería y el arma blindada. Estas unidades con las que ahora la SEDENA cuenta se encuentran, en esta nueva etapa de la política de la administración federal, en la primera línea de combate frente a la delincuencia organizada en nuestro país. En el año 2016, la Policía Militar, se encontraba integrada por 2,124 elementos desplegados en cuatro entidades; hoy, son más del doble y se expandieron a otros tres estados. Los integrantes de dichas unidades son elementos ya formados, es decir, no hay personal novato, lo anterior podría sonar bastante bueno, sin embargo, esos nueve batallones fueron integrados al vapor ya que no tienen una formación policial y pueden cometer errores “mortales”, como el sucedido en junio de 2017 en Querobabi, Sonora, cuando un oficial murió y otros seis soldados resultaron seriamente intoxicados al ingerir una bebida envenenada durante una revisión de “rutina”.


Si bien la PM fue creada originalmente para garantizar el orden y la seguridad de las instalaciones militares, desde finales de los noventa y durante los últimos tres sexenios, su labor se ha enfocado más a labores de Seguridad Pública, sin embargo, como anteriormente se expuso, no tienen la formación necesaria para garantizar la seguridad de la ciudadanía, en una nota de Milenio del año pasado, se cita un párrafo al respecto de la preparación de dichas unidades: “No existe una capacitación especializada en materia de seguridad pública, debido a que las funciones de la Policía Militar y el Ejército mexicano se enfocan en dar cumplimiento a las cinco misiones estipuladas en las Fuerzas Armadas en el artículo primero  de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; sin embargo, en actividades de seguridad pública, la Policía Militar sólo actúa en coadyuvancia con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y, en su caso, la restauración de la seguridad pública, siempre que esto último derive de una petición de una autoridad competente y previa aprobación del Presidente de la República”, para comprender mejor esta cita es necesario mencionar que, el artículo primero de la citada ley dice: “El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, son instituciones armadas permanentes que tienen las misiones generales siguientes:


I.      Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación;


II.    Garantizar la seguridad interior;


III.  Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas;


IV.  Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país; y


V.    En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas. 


Ahora bien, como no se ha capacitado al personal en el Servicio Policial también hay problemas no solo en las labores que deben realizar si no en el cómo deben de hacerlas ya que esas brigadas son integradas con personas de diferentes armas y no cuenta con una unidad de doctrina, porque en un pelotón puede haber elementos de infantería o caballería, que tienen diferentes técnicas y tácticas para realizar operaciones y esto también pone en riesgo a los propios integrantes de la Policía Militar, incluso la Ley de Seguridad Interior, no les da ninguna responsabilidad dentro del lugar de intervención lo cual derivará en errores en los primeros respondientes o en los policías con capacidades para procesar la escena debido a la contaminación y/o alteración de las mismas.


Como mexicano me interesaría que jamás existiera la necesidad de aplicar la ahora aprobada Ley de Seguridad Interior, pero al escribirlo me leo bastante inocente, lo que sí se puede hacer, es capacitar a los integrantes de estas unidades, mexicanos y mexicanas comprometidos, de valor, que quieren cumplir la misión que se les ha encomendado, pero que se verán envueltos en muchos problemas legales, tácticos y operativos si no se les capacita primero.



hidalgomontes@gmail.com




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