Del patrullaje a la evidencia: la nueva frontera policial en México
Por: Guillermo
Alberto Hidalgo Montes
El 4 de
febrero de 2026, el Congreso del estado de Hidalgo aprobó una reforma
constitucional local (artículo 90) para que, además del Ministerio Público, la
Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSPH) y policías municipales (e
incluso autoridades federales en la materia) puedan participar en tareas de
investigación, siempre “bajo la conducción y mando del Ministerio Público”. No
es un giro menor: formaliza algo que en la práctica se hacía a medias
(auxilios, entrevistas “de calle”, preservación de indicios), pero ahora abre
la puerta a un modelo más cercano al estándar moderno: policía que no solo
patrulla, sino que produce información y evidencia útil para judicializar.
La reforma
hidalguense cae en un contexto nacional que se movió antes: desde diciembre de
2024 se modificó el artículo 21 constitucional para reafirmar que la
investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías
(y, en el texto reformado, también aparece explícitamente la Guardia Nacional y
la secretaría del ramo de seguridad pública federal, según los decretos y
versiones oficiales publicadas). En términos simples: el “quién investiga” ya
no puede seguir descansando en un Ministerio Público rebasado; la policía debe
convertirse en brazo técnico-operativo de la investigación, no solo en primer
respondiente.
Ahora bien, esto
suena excelente bien en el papel, este paso es necesario desde hace ya mucho
tiempo en nuestro país. Sin embargo, lo difícil, es convertirlo en capacidades
reales, especialmente cuando hablamos de delitos de fuero federal: robo de
hidrocarburos, delincuencia organizada, armas, narcomenudeo ligado a redes
mayores, trata, tráfico de personas, delitos fiscales, entre otros. El mensaje
político es claro: “si el delito es federal, la calle es local”; y si la calle
es local, la policía local necesita herramientas para producir casos, no solo
para “poner a disposición”.
Cambió el
marco habilitante: El estado de Hidalgo eleva a nivel constitucional local la
participación de SSPH y policías municipales en investigación, bajo mando del
Ministerio Público. Eso permite diseñar unidades, perfiles, manuales,
indicadores y, sobre todo, justificar presupuesto y estructura para investigar
(analistas, células, policía cibernética, inteligencia, cadena de custodia,
videovigilancia, etc.).
No cambió lo
esencial del sistema penal: quien conduce jurídicamente la investigación y
decide judicializar sigue siendo el Ministerio Público; y la validez de lo que
haga la policía dependerá de controles, legalidad y calidad de evidencia. En
otras palabras: la reforma puede acelerar el “lado policía”, pero si no se
sincroniza con fiscalías (locales y FGR) y con servicios periciales, lo que se
gana en detenciones se pierde en audiencias.
Usted se
preguntará ¿Por qué esto importa, particularmente en el fuero federal? Primero,
porque la inteligencia territorial es insustituible. Una fiscalía federal puede
tener mandato, pero no tiene ojos suficientes en cada colonia, carretera,
tianguis, gasera o corredor industrial. La policía estatal y municipal sí ya
que es su labor del día a día.
Segundo,
porque los delitos federales de alto impacto suelen requerir reacción rápida
con legalidad: asegurar un lugar, levantar entrevistas iniciales, procesar
video, ubicar patrones (placas, rutas, cuentas, teléfonos), y escalar a la
autoridad competente sin romper o comprometer la cadena de custodia. Eso no se
improvisa; se entrena y se audita.
Tercero,
porque si funciona, puede ser el prototipo para una medida nacional: policías
locales “investigadoras” en serio (como en los países más policiológicamente
avanzados que el nuestro), con estándares, conectividad, controles de confianza
y protocolos homologados. De hecho, el propio Modelo Nacional de Policía y
Justicia Cívica ya advertía, desde hace años, que la coordinación real requiere
pasar de funciones empalmadas a una articulación con roles claros, y que la
investigación es parte del mandato policial bajo conducción del MP.
Los retos
reales de este nuevo paradigma son claros (y muchos) así como el dolor de
cabeza de administraciones locales a través del tiempo: a) presupuesto, b) equipamiento,
c) capacitación, d) corrupción y e) mandos
a)
Presupuesto: sin dinero etiquetado, la
reforma se vuelve un comunicado. Salarios competitivos, analistas, turnos,
mantenimiento tecnológico, licencias, peritos de apoyo, combustible, y (crítico)
retención de personal capacitado.
b)
Equipamiento: investigar hoy es gestionar
datos. C5/C5i, videovigilancia útil (no solo cámaras), lectores, analítica,
interoperabilidad, cadena de custodia digital, y capacidades mínimas de ciber e
inteligencia de fuentes abiertas. Además, para delitos federales, la coordinación
tecnológica con FGR/SSPC/GN y el acceso a plataformas federales se vuelve el
cuello de botella.
c)
Capacitación y certificación: la correcta
operatividad depende de certificación de elementos. Y aquí está la trampa:
capacitar a policías para “primer respondiente” no es lo mismo que formar
investigadores. Se requieren competencias específicas: entrevista cognitiva,
análisis de vínculos, procesamiento de información, redacción de informes para
audiencia, preservación y embalaje, y comprensión práctica del CNPP. El
financiamiento federal (como FASP) suele contemplar profesionalización y
control de confianza como ejes, pero la ejecución en tiempo, calidad y
cobertura es el reto permanente.
d)
Corrupción y captura: investigar delitos
federales toca dinero grande. Si una institución local produce inteligencia
sobre huachicol, armas o redes de extorsión, inevitablemente genera “valor”
para el crimen: información, horarios, objetivos, protección. Organizaciones
civiles han documentado precariedad, estancamientos y déficits en condiciones
laborales y desarrollo institucional de policías, un caldo de cultivo para
corrupción y rotación. Y en paralelo, evaluaciones como las de México Evalúa
han enfatizado la vulnerabilidad estructural de policías municipales por
precariedad y falta de garantías, lo que impacta directamente su integridad y
desempeño. Si el Estado no protege a sus investigadores, alguien más lo hará (y
cobrará por ello).
e)
Mandos y gobernanza: el diseño de mando
importa más que el discurso: mandos policiales especializados en liderazgo y
gestión de instituciones de seguridad ciudadana, unidades de asuntos internos
funcionales, trazabilidad de decisiones, y evaluación por resultados que no
incentive “fabricar culpables”. El peor incentivo posible es medir “éxito” por
detenciones y no por judicializaciones sólidas.
Si este golpe
de timón en el Estado de Hidalgo se trata de escalar a nivel nacional y
comienza a ser una tendencia a mediano plazo, proponemos tres escenarios
probables:
Escenario 1:
Profesionalización acelerada y resultados judiciales (probable si hay inversión
sostenida y controles duros)
El estado de Hidalgo
se convierte en un laboratorio: unidades estatales y algunas municipales
desarrollan capacidad real de investigación (analistas, inteligencia,
procesamiento de video y datos), con protocolos homologados y supervisión del
MP. La SSPH actúa como “integrador” para municipios con menor músculo,
aprovechando C5i y mando coordinado, y la coordinación con fiscalías (incluida
FGR cuando corresponda) se vuelve rutinaria. Resultado: más casos federales
bien armados desde el territorio, menos impunidad operativa y mejores
audiencias. Este escenario exige que los recursos tipo FASP se usen
estratégicamente (tecnología útil + formación + control de confianza +
carrera), no como gasto disperso.
Escenario 2:
Implementación desigual y “dos velocidades” (probable por el mosaico municipal
mexicano)
Solo capitales
y corredores industriales (donde hay presupuesto y mando más estable) logran
capacidades; el resto queda en funciones básicas. Algunos municipios tienen
mayor capacidad instalada y otros no. A nivel nacional, esto se reproduce:
estados con C5 robusto y academia fuerte avanzan; municipios pequeños quedan
fuera. Resultado: se anuncia una política nacional, pero se vuelve un archipiélago
de buenas prácticas. El riesgo aquí es político y operativo: la delincuencia se
desplaza hacia territorios con menor capacidad investigadora y menor vigilancia
institucional.
Escenario 3: Expansión sin
controles, abuso e impunidad “tecnificada” (probable si se prioriza rapidez
sobre legalidad)
Se crea
“policía investigadora” sin inversión real, con capacitación superficial y
mandos capturados o improvisados (¿recuerdan el fallido modelo de policías
acreditables?). La tecnología se compra pero no se audita; la inteligencia se
filtra (como ya ha pasado); aumentan detenciones mal integradas, cateos mal
sustentados, evidencia contaminada y casos que se caen. El daño más severo: la
ciudadanía percibe que la investigación local es una herramienta de presión, no
de justicia; y los delitos federales (por su rentabilidad) se vuelven el campo
preferido para la corrupción. Aquí, la reforma no solo no reduce la impunidad:
la reorganiza.
La conclusión
incómoda a esta tendencia es apostar por algo que México necesita a gritos: que
la policía deje de ser solo reacción y se convierta en capacidad de
investigación bajo mando del Ministerio Público, como manda el diseño
constitucional. Pero si se pretende llevarlo a escala nacional, hay que decirlo
sin maquillaje: no es un “cambio de atribuciones”, es un cambio de modelo de
negocio institucional. Cuesta dinero sostenido (no solo subsidios), exige
equipamiento interoperable, requiere formación de investigadores (no cursos),
demanda blindajes anticorrupción y un rediseño de mandos con controles y
métricas correctas.
La pregunta
para 2026 no es si las policías locales “pueden” investigar. La ley ya abrió la
puerta. La pregunta es si el Estado mexicano (en plural: Federación, estados y
municipios) está dispuesto a pagar el precio de hacerlo bien, o si repetiremos
el patrón: reformas ambiciosas con implementación mínima. En seguridad, esa
diferencia se mide en algo muy concreto: casos que llegan a sentencia, o
expedientes que terminan en archivo.
hidalgomontes@gmail.com