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miércoles, 22 de abril de 2020

¿Pandemia Igual a Discriminación?


Por: Alina-Gina Vesa


Visto el panorama actual y atendiendo a la solución temporal de la contención por el COVID-19 mediante el confinamiento total de la población se está generando una nueva problemática social de extrema importancia que viene dada por la discriminación pura y dura tal como veremos a continuación.

Estas medidas exceptuando los trabajadores de los  servicios de necesidad básica implican un parón de actividad que tienen muchas repercusiones sobre los individuos a todos los niveles posibles.

Aparte de la problemática generada por esta medida que incrementa los casos de violencia de género y otras víctimas de otros tipos de violencia conocidas como vimos en otra aportación previa realizada por mi parte sobre esta temática, ara deja claro también el hecho de que vivimos en una sociedad  donde la discriminación se impone a todos los efectos.

A nivel económico está claro que si no se trabajó mediante unas condiciones laborales de contratación adecuadas al realizarse las ERTE-S medidas facilitadas a los empresarios por parte del Estado para poder parar la actividad laboral que no está considerada de primera necesidad en tiempo récord y proceder con el cumplimiento del confinamiento inmediato sin tener que desembolsar grandes cantidades de dinero a los trabajadores “despedidos” por ejemplo. Esta medida resulta ser óptima para paliar las pérdidas generadas con el cese de la actividad en cuestión  que sobretodo beneficia al empresario pero también concede la posibilidad de resguardar al trabajador de una exposición innecesaria al virus ya que su actividad no era imprescindible, así que de una manera u otra puede resultar hasta cierto punto comprensible dicha medida.

No obstante un ámbito que considero terriblemente afectado por esta situación, es el académico.

Para los miles de estudiantes de todas las edades esta medida supone una clara afectación a nivel intelectual y académica que además ocasionara pérdidas considerables en la adquisición de los conocimientos necesarios para la superación del curso académico 2019-2020. Al tener cerrados los colegios los estudiantes de toda España no pueden seguir aprendiendo los cursos que venían desarrollando. Y la medida propuesta por los docentes de todas partes fue el uso masivo de la tecnología para poder seguir aprendiendo.

No obstante hay varios puntos que considero que llevan directamente a una discriminación y marginalización irreparable para muchos estudiantes ya que la “solución tecnológica” supone que todo el mundo tiene que disponer de lo siguiente:

1. Conexión a Internet en sus domicilios  particulares;

2. Recursos adecuados para poder utilizar Internet como Portátiles y/u Ordenadores de mesa.

3. Conocimientos informáticos necesarios para el uso de las aplicaciones mediante las cuales se podrán conseguir las tareas subidas por los docentes en cuestión.

4. Capacidad de adquisición de habilidades y conocimientos informáticos incluso para estudiantes de edades de tres, cuatro, cinco, seis, siete años etc. con tal de poder seguir el paso también adecuado para la realización de dichas tareas en tiempo optimo, para poder seguir el ritmo adecuado de su aprendizaje.

5. Disponibilidad, conocimientos y capacidad total por parte de los padres o tutores legales de dichos estudiantes para poder ayudarles con la adquisición de todos estos conocimientos de manera óptima para poder garantizar la aprobación también en la evaluación posterior indicada.

6. Capacidad económica necesaria para cumplir con todos estos recursos y condiciones para simplemente poder garantizar el acceso a la información facilitada.

Todos estos puntos asentados son claramente constitutivos de un comportamiento perjudicial respecto a los estudiantes e implica la exclusión de todos aquellos que no disponen de cualquiera de estos recursos.

En otras palabras, la Pandemia global aparte de amenazar gravemente la salud de todos los individuos que engloban esta sociedad, nos enseña hasta que punto esta sociedad se rige por unos patrones individualistas constitutivos de Discriminación. Ya no hablamos solo de discriminación por raza, sexo, etnia, sino que tenemos este comportamiento exclusivo incluso para los que por edad, capacidad económica, conocimientos intelectuales y disponibilidad laboral no pueden cumplir con tales requerimientos para seguir con su formación adecuada.

Una de las soluciones  y que con total seguridad hubieran sido mucho más indicadas en estas circunstancias, hubiera sido el envió del material didáctico a cada alumno, por ejemplo, los libros físicos, las plantillas para ejercicios, las plantillas para los exámenes y un horario bien elaborado que indique como y cuando se deben resolver e enviar las plantillas en cuestión. De esta manera todos los alumnos podrían tener acceso de manera indiscriminada a todos los recursos necesarios para seguir con la adquisición de los conocimientos académicos requeridos y sin afectar aún más la situación en si de lo que ya viene siendo afectada por el tema COVID-19 y sus medidas restrictivas e limitativas en el desarrollo normal de dichas actividades.

¿Cómo se debe interpretar por lo tanto dicha situación?

Tenemos en efecto una sociedad tan desarrollada intelectualmente, económicamente y tecnológicamente  como para dar por hecho que todos los integrantes de la misma disponen de estos recursos a nivel individual y que saben utilizarlos y aplicarlos de manera idónea?
El cumplimiento de todos estos recursos implicarían también el hecho de que absolutamente todos los individuos implicados disponen también de los  estudios académicos necesarios para ello lo que indicaría que tenemos una sociedad altamente formada cosa que entonces haría totalmente incomprensible los índices de la tasa laboral por desempleo en España hasta el mes de marzo de 2020, y aún menos la situación económica y política que venimos arrastrando desde hace varias décadas ya.

Por otro lado, y permitiéndome desconfiar totalmente de una situación tan optima como para que todo el mundo pudiera aplicar a esta solución tecnológica con todo lo que esto conlleva e implica, se me hace aún  menos comprensible la solución impuesta ya que estamos en un Estado Democrático y de Derecho donde todo el individuo tiene derecho a una enseñanza de educación obligatoria- regulada por la LOE (Ley Orgánica de Educación) donde se regula el derecho universal del niño/a que garantiza el acceso de la población a la educación. En España es obligatoria hasta los 16 años y por la LOMCE – (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa).  Evidentemente mi gran objetivo con toda esta exposición se dirige sobre todo a los estudiantes menores de edad en primer lugar, dado que directamente se vulneran una serie de derechos básicos de este sector y en segundo lugar dicha solución tecnológica afecta a estudiantes de todas las edades y los convierte en victimas de discriminación igualmente tal como vimos en este artículo si por su condición económica por ejemplo no disponen de los recursos indicados para ello.


alinajojo.silaghi03@gmail.com





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