viernes, 5 de junio de 2020

Desempleo = Inseguridad

Por: Mtro. Eduardo García Anguiano.

          El desempleo incrementará la inseguridad si no se apoya a la iniciativa privada para proteger las fuentes de trabajo.


          El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informó esta semana que el cierre económico de abril sacó a 12.5 millones de personas del mercado laboral, 10.4 millones de ellos se ocupaban de manera informal. 


          También expresó que el desempleo afectó a 2.1 millones de trabajadores, ligeramente por arriba de los 1.7 millones de un mes atrás, la tasa se incrementó de 2.9 a 4.7%. Aclaró que todos los indicadores de empleo fueron trastocados derivado del freno en la movilidad que se impuso por la epidemia de Covid-19.


¿Cómo se relaciona esta situación con la inseguridad en México?, veamos:


Incidencia Delictiva.- Salvo el homicidio doloso y el feminicidio que conservan sus tendencias, de marzo a abril hubo un comportamiento a la baja en el resto de los delitos del fuero común. Esto quiere decir que el confinamiento y la menor movilidad contribuyeron a esa baja, pues hasta donde se sabe no hubo acciones especiales para disminuir los delitos.


Regreso a las Actividades.- Si lo anterior tiene una dosis de verdad, una vez que se reinicien las actividades económicas, aunque sea de manera paulatina y, por lo tanto, la movilidad se incremente, entonces la incidencia delictiva aumentará. 


           Al respecto, en mayo no se observará este fenómeno, pues el confinamiento se mantuvo en este mes, sino será hasta junio cuando la incidencia delictiva iniciará su tendencia a niveles anteriores a la pandemia.


          ¿En que delitos se observará el anterior fenómeno? Es probable que sea un fenómeno regionalizado y que los delitos que “recuperen” su tendencia habitual sean aquellos relacionados con el patrimonio, el daño en propiedad ajena, el robo y asalto a personas, comercios, mercancías en tránsito, vivienda y vehículos.


          Por lo que para evitar la anterior problemática debería actuarse en dos frentes por lo menos: el de seguridad pública con dispositivos de prevención y protección a las cadenas productivas y, en el ámbito económico, con apoyos financieros a las empresas para evitar más desempleo, pues más gente en la calle es un incentivo contrario al desarrollo por la inseguridad que puede generar.


          Milton Friedman expresó: “La Gran Depresión, como la mayoría de los períodos de desempleo severo, fue producido por la mala gestión del gobierno y no por cualquier inestabilidad inherente de la economía privada”.


@EduardoGarci18




miércoles, 3 de junio de 2020

¿Cómo la Muerte del Ciudadano George Floyd podría ayudar a reducir el Abuso Policial pero también darle certeza al mismo en México?


Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes


Un laxo sistema de supervisión dejo que el oficial de policía Derek Chauvin, quien fuera culpable de una mala aplicación de una técnica de control que le provocara la muerte al ciudadano de descendencia afroamericana George Floyd.


Los antecedentes del oficial Chauvin, son extensos y ha estado envuelto en al menos cuatro casos de exceso en el uso de la fuerza en un lapso de 19 años de servicio como encargado de hacer cumplir la ley. Sin duda, la muerte de Floyd no es la raíz del problema que causa las manifestaciones en Estados Unidos, sin embargo, si es la gota que derramó el vaso.


Si realmente las unidades de Asuntos Internos investigaran de forma juiciosa cada uno de los casos y se castigara ejemplarmente a los policías que no cumplan cabalmente con su función, este y muchos casos pudieran ser prevenidos, es desgarrador ver como, por la mala aplicación de una técnica de control, la cual debería tener como fin último el restringir los movimientos de un probable responsable de un delito es la causante de forma innecesaria de la muerte un ser humano…se vuelve desconsolador ver el video de la intervención policial donde participan cuatro oficiales de policía y la mirada de Floyd se apaga lentamente bajo la rodilla de Chauvin sin que nadie le prestara importancia.


No todos los sistemas de defensa y/o pelea son aplicables a los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley. Por más famosos y/o vistosos que éstos sean, debemos recordar que el fin que buscan estos funcionarios es hacer cesar el delito. Para que una técnica de control sea policialmente aplicable tiene que cumplir  cuatro requisitos indispensables:

· Una Base Ética.

· Una Base Jurídica.

· Una Base Psico-fisiológica.

· Una Base Táctica.


El colocar la rodilla en el cuello de Floyd y dejar caer su peso sobre el mismo va en contra de cualquier protocolo establecido en la materia


Ahora bien, esta desgracia sirve perfectamente para hacer un paralelismo de lo que pasa en México. El tema de Uso Legal de la Fuerza por parte de los cuerpos policiales en nuestro país de manera seria data de finales de la década de los noventa y ha costado mucho trabajo normar la Función Policial para evitar precisamente este tipo de casos que desgraciadamente aquí no son pocos.


          En 2018 se trabajó un protocolo que fue elogiado por el propio Gobierno de Estados Unidos, avalado por el Comité Internacional del a Cruz Roja y por organismos de la sociedad civil (yo lo viví nadie me lo contó), fue fruto de más de un año de muchísimo trabajo por parte de muchas dependencias y expertos en policiología, derecho y derechos humanos, sin embargo, se dejó en el tintero, en su lugar, el 27 de mayo de 2019 se publicó una Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza es ambigua, tácticamente inoperante y tendiente a generar más víctimas tanto civiles así como policiales por no cumplir con lo mínimo establecido por instrumentos internacionales en la materia, por ejemplo: aún se usa la palabra “someter” donde uno de sus significados, según la Real Academia de la Lengua Española, es “humillar”. Si este concepto es asentado en el Informe Policial Homologado  (IPH) por parte del Policía que realizó la detención si la defensa del probable responsable del delito tiene experiencia y conocimiento, invertirá la situación donde ahora, el Policía será el culpable.


Es importante vernos en el espejo de nuestro vecino del norte, donde una mala supervisión del personal permitió seguir operando a un oficial de Policía que a luces no era apto para serlo, tal y como pasa en la mayoría de las corporaciones en México, también es importante analizar lo que en materia de Uso de la Fuerza estamos haciendo para  evitar a toda costa que se vulneren los derechos de los ciudadanos pero también los derechos de los policías que, a causa de leyes mal creadas no tienen claro bajo que circunstancias cuánta fuerza utilizar para hacer cumplir la ley.


hidalgomontes@gmail.com




miércoles, 27 de mayo de 2020

Empinando la Curva



Por: Mtro. Eduardo García Anguiano



          Las cifras de muertes por delitos y Covid-19 en México presentan un comportamiento estadístico similar. Los informes dados a conocer sobre el homicidio doloso, feminicidio y la pandemia, nos muestran:


Decesos por Delitos.- El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública presentó los datos correspondientes al mes de abril 2020, de los cuales destaca el registro de 70 feminicidios y 2,950 homicidios dolosos, que comparado con el mismo mes en 2019 fue de 2,731. Recordemos que en el mes de marzo ocurrieron 3,078 decesos por homicidio doloso y feminicidio. https://www.gob.mx/sesnsp



Decesos por Covid19.- La cifra registrada al día 20 de mayo asciende a 6,090, sin que hasta el momento decrezca la tendencia conforme avanzan los días. En cuanto a contagios el registro observa un comportamiento ascendente con 56,594 casos en el país. La evolución de la pandemia puede apreciarse en la página de la Secretaría de Salud. https://coronavirus.gob.mx/datos/



          ¿Qué se puede comentar al respecto? Sumados homicidio doloso y feminicidio de los meses de marzo y abril de este año tenemos 6,098 decesos, cantidad superior en 8 muertes a las ocasionadas por Covid19 en los meses que se ha presentado la pandemia en el país.


          ¿Qué comportamiento seguirán teniendo ambos fenómenos? Es difícil de predecir considerando el inicio de actividades económicas, lo que nos lleva a una menor cantidad de personas confinadas, teniendo, por lo tanto, mayores posibilidades de que ocurran muertes por ambos fenómenos.


          Lo que si se puede inferir por los datos estadísticos es que en México a pesar de que hemos tenido menos movilidad de personas en el país, las muertes por delitos no decrecen ¿cuál de las dos curvas se aplanará primero?


          El historiador, político y poeta francés Alphonse de Lamartine expresó: “A menudo el sepulcro encierra, sin saberlo, dos corazones en un mismo ataúd”.


@EduardoGarci18




viernes, 22 de mayo de 2020

¿Afecta COVID-19 por igual a mujeres que hombres a nivel laboral? ¿Y si además son madres?
Igualdad de Género


Por: Alina-Gina Vesa



            ¿Cómo se presenta la situación actual en el caso de las mujeres y como en el caso de los hombres? ¿Esa igualdad que tanto aparece en los medios, y esa lucha incansable contra el machismo y el sexismo, se resiente con toda la situación generada por el COVID-19? ¿Dio sus frutos acaso cuando se emitió el comunicado conforme que los hijos se quedaban sin colegios hasta nuevos avisos para evitar futuros y posibles contagios en el ámbito académico?
           

Está claro que dicha situación afecto de manera tajante todos los sectores, siendo el turístico uno de los que más, pero en cuanto a hombre y mujeres, madre y padres, quienes fueron más afectados con toda esta situación? Según varios estudios certificados y varias fuentes consultadas las mujeres nuevamente se encuentran en la cima en TODOS los países afectados por el COVID-19, y no con noticias buenas precisamente, sino porque son las más afectadas a nivel laboral. Adjunto por ejemplo una de las fuentes consultadas que además desglosa incluso por países, genero y edades como se propagó dicha afectación:https://dobetter.esade.edu/es/covid-19-medidas-laborales y también hacemos un retroceso notable en la lucha contra la igualdad de género según fuentes contrastadas y que incluyo aquí para ampliar la información sobre la situación generada actualmente por culpa del COVID-19 https://news.un.org/es/story/2020/04/1472672 Además de todo esto, también hay otro factor aterrador- la violencia de género- que una vez con las medidas impuestas por el Gobierno para evitar nuevos contagios- el confinamiento- las mujeres víctimas de violencia de género encima se encontraron atrapadas con su agresor de manera irremediable hasta "nuevo aviso".

           
Las llamadas a las autoridades competentes han incrementado de una manera alarmante, y lo más preocupante aún si cabe, está el hecho de que faltan medios y recursos para llegar a conocer todos los casos de esta naturaleza a tiempo. ¡INDIGNANTE!


¿Que se puede hacer frente esta situación de desigualdad  y que claramente afecta todo aquello que se consiguió hasta la fecha con la incansable lucha contra la igualdad de género?

          ¿Es justo que nuevamente sea la mujer la que “sacrifica” su vida laboral, su espacio y su tiempo en favor del género masculino?


Muchas mujeres optaron debida esta situación excepcional ocasionada por la pandemia, en quedarse en casa al cuidado de sus hijos, para evitar que los pequeños se expongan. Debido al confinamiento se tuvieron que reafirmar como madres,  amas de casa, enfermeras, profesoras para que sus hijos no pierdan el actual curso escolar y también teletrabajando como mejor pudieron. No obstante en muchos oficios, a partir del 12 de marzo, cuando se decretó el cierre de todos los colegios hasta nuevo aviso, debido al COVID 19, los empresarios decidieron prescindir de su labor. Una trabajadora, mujer, madre y con los hijos en casa hasta “nuevo aviso” no iba a resultar sin embargo necesaria ni útil delante de una situación excepcional como la generada por el virus que alentá todo el mundo a día de hoy.


Dependiendo del sector directamente ni se las tuvo en cuenta, ni por su labor hasta la fecha, ni por su formación ni por su experiencia y dedicación ni por nada. Simplemente decidieron prescindir de ellas por que un trabajador de esta naturaleza y en plena crisis pandémica era un lastre no un beneficio ni algo que un empresario deseara mantener en su plantilla.


           Estamos en una sociedad consumista e individualista, y a pesar de los logros en la lucha para la igualdad, frente una situación de crisis se dejó claro una vez más que la mujer debe asumir su rol más sacrificado sin que el género masculino se vea siquiera tan truncado en su desarrollo actual. No se trata de una elección igual, sino más bien de una imposición. No eres productiva y además claramente tu posible rendimiento estará afectado sea porque el sector al que perteneces está afectado por el COVID, pero que además como madre tu concentración y dedicación estará afectado por tener que trabajar con tus hijos de fondo, por lo tanto se prescinde de sus servicios alegando cualquier tipo de escusa con tal de no tener una trabajadora de esta naturaleza ya que no es rentable para el empresario. No es ningún cuento pasado, sino la REALIDAD ACTUAL  en la situación de muchas madres-trabajadoras que una vez con la declaración del Estado de Alarma el 14 de marzo de 2020 y el cierre de todos los colegios de todo el país hasta nuevo aviso, en España se efectuaron despidos masivos y el género más afectado fue el femenino, y una explicación viene dada por las circunstancias que anteriormente detalle en este relato. Según varios estudios que repasaron la situación actual a nivel laboral, y ya no solamente en España sino en todos los países afectados por el COVID-19, el género femenino una vez más, fue derrotado por el masculino en su afán de imposición, y fue uno de los más perjudicados sobre todo a nivel laboral.


          Estaría encantada de conocer tu opinión, y saber cuál es tu situación generada por el COVID-19.





martes, 19 de mayo de 2020

“El Chino Antrax” y Cómo un Reloj Indicó el Inicio de su Fin


Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes


Nacido en un barrio pobre de Cuiliacán en 1980 escaló hasta convertirse en el jefe de los Sicarios del Cártel de Sinaloa. Rodrigo Aréchiga Gamboa, alias “el Chino Antrax” presumía a través de su cuenta en Instagram sus excesos en  Dubai o Europa, así como en playas o mansiones, gustaba de alardear en redes sociales de sus viajes, joyas, autos de lujo, dinero y armas. En algunas imágenes solía aparecer al lado de actrices y celebridades del Jet Set, incluso se le trató de relacionar con Paris Hilton.


Conocido como “el Chino Antrax”, Aréchiga fue uno de los principales jefes de los brazos armados del Cártel de Sinaloa en la guerra que se libró a partir de 2008 contra los cárteles rivales de Juárez y de los hermanos Beltrán Leyva.


El pasado fin de semana fue asesinado en Cualiacán, Sinaloa, a donde regresó tras escapar de la libertad condicional que Mantenía en Estados Unidos. Su muerte confirmada el 18 de mayo pasado por la Fiscalía General de la República donde versiones indican que Aréchiga habría sido levantado el viernes pasado tras un enfrentamiento armado en la casa donde se encontraba. Su cuerpo apareció al día siguiente dentro de una camioneta junto a dos personas más quienes resultaron ser su hermana y su cuñado


El que nunca ha tenido y llega a tener…


Entre los narcotraficantes de México, especialmente los más jóvenes. Es frecuente que compartan en redes sociales imágenes de su vida de lujos, sin embargo, el Chino Antrax, era particularmente asiduo a esa costumbre. En su cuenta de Instagram solía publicar fotos de sus viajes a Medio Oriente y Europa, así como en playas o  mansiones con majestuosos jardines.


También solía aparecer a bordo de yates, junto a automóviles Lamborghini, Rolls Royce, Ferrari o en la habitación de algún hotel bebiendo costosas bebidas. Esto llevó a una investigación de lo más particular hasta el momento ya que las redes sociales fueron lo que lo llevó a su captura, gracias a la publicación de una foto en Instagram done portaba un reloj muñeca izquierda  King Power Miami 305 de 374 diamantes blancos. En oro y platino, el reloj fue una edición limitada de que lanzó la lujosa relojería suiza Hublot en 2012, en su momento valuado en aproximadamente $617,000 dólares. Se fabricaron 50 relojes en oro y platino y sólo 10 con diamantes,  En su cuenta en Instagram, Aréchiga Gamboa publicó el mensaje "1 de 10 en el mundo" junto con una imagen de publicitaria del reloj. Lo que llevó a autoridades norteamericanas a pedir colaboración con la casa relojera para poder identificar a los compradores de las piezas y poder dar con Aréchiga.


Sin duda alguna, una vida muy distinta a la que tenía apenas unos años antes. De acuerdo con el semanario Ríodoce, Aréchiga vivía en un barrio pobre de Culiacán, en la capital de Sinaloa donde su fama de buen peleador callejero y de encabezar pandillas en su barrio llamó la atención del “Mayo” Zambada, quien lo reclutó como sicario del Cártel de Sinaloa ascendiendo con rapidez en la organización para convertirse  en poco tiempo era uno de los colaboradores de confianza del capo y sus hijos menores.


Después de la detención en 2008 de Alfredo Beltrán Leyva “El Mochomo”, uno de los líderes del Cartel de los Beltrán Leyva se desató una guerra contra el Cartel de Sinaloa ya que éstos culpaban a Joaquín “el Chapo” Guzmán por la captura. En esta batalla, uno de los personajes centrales fue Aréchiga y su grupo de sicarios a los que llamó “los Antrax”.


Según la entonces Comisión Nacional de Seguridad (CNS) la guerra entre organizaciones provocó cientos de muertes en Sinaloa, Nayarit, Baja California y Sonora. Pero la guerra no interrumpió la vida lujosa del personaje. Fue su afición a las redes lo que llevó a su captura por parte de autoridades de Estados Unidos y la Interpol en el aeropuerto de Ámsterdam en Holanda en diciembre de 2013.


Inicio del Fin


Aréchiga se declaró culpable en 2015 logrando un acuerdo con el Departamento de Estado norteamericano en el cual entregaba un millón de dólares en bienes así como dinero en efectivo y accediendo a informar sobre rutas de trasiego del Cártel de Sinaloa a Estados Unidos, lo que trajo como beneficio una sentencia a diez años de prisión, pero como ya había permanecido casi siete años en la cárcel, el juez le permitió la condena el libertad condicional en San Diego, California, sin embargo el pasado 8 de mayo se escapó y viajó a Sinaloa, comparto la opinión del especialista mexicano Alejandro Hope donde señala el móvil de su asesinato como venganza por la información compartida, ya que “el Chino” era una pieza muy importante en su organización. No hay indicios serios que indiquen que pudiera haber una escalada en la violencia por este caso en particular, ya que las consecuencias de su colaboración con las autoridades se sintieron hace tiempo, sin embargo, queda claro que la traición en el mundo del Narco se paga con la vida.



hidalgomontes@gmail.com




lunes, 18 de mayo de 2020

 Seguridad Indefinida; Palabras que Matan…



Por: Mtro. David Posada Munive



         Pocos lo han vislumbrado, pero hay palabras que, cuando no conocemos o comprendemos su significado y alcance, nos llevan a realizar acciones sin sentido. Es así que, evidentemente, a muchos de nuestros gobernantes les ha pasado factura la ignorancia del significado de diversas acepciones que inciden en la seguridad de los mexicanos o del propio Estado Mexicano.


Las distorsiones conceptuales suelen acarrear un sinnúmero de errores en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de seguridad; como muestra basta un botón, y sí pasó cuando el Gobierno del Estado de Puebla, específicamente la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, balizó (rotuló) un vehículo blindado con las palabras “Proximidad Social”… el chiste se cuenta solo.


Así podríamos enunciar muchos ejemplos, pero de los más significativos, y que aún continúan permeando en la seguridad de los mexicanos, son aquellos que son plasmados en las normas jurídicas que rigen la administración y operación de las instituciones de seguridad o bien, su actuación. Los que saben del tema tienen claro que el origen de las violencias y la delincuencia es multicausal; entonces, ¿por qué creemos que las Policías pueden/deben erradicar/afrontar tales fenómenos de manera exclusiva?


Primero que nada debemos entender que en México las policías no son preventivas, aunque así se les llame en muchos casos (nuevamente: distorsión conceptual); son disuasivas y reactivas. Operan con base en la presencia policial, las detenciones en flagrancia y la respuesta a amenazas, sean inminentes o presentes; privilegian la persecución sobre la prevención, ya que en México hay mayor justificación del quehacer político castigando que previniendo, pues no olvidemos que el objetivo define la estrategia. Debido a que siempre se busca un resultado judicial a los conflictos humanos para poder cuantificar el impacto “positivo” de la estrategia del gobierno en turno, es que no hemos podido cambiar la percepción de seguridad, ya que de esa manera se aumenta la percepción social de que el Estado está haciendo algo, y además -muy importante- hay víctimas en la estadística; por ejemplo, cuando hablamos de violencia familiar, la fórmula es: víctima -> denuncia -> castigo, pero pocos piensan en intervenciones tempranas para dirimir los conflictos, como diciendo: eso es trabajo de ONG’s o académicos.


Otra distorsión conceptual que ha generado errores en el diseño de políticas públicas en materia de seguridad es el creer que la “seguridad pública” y la “seguridad ciudadana” son lo mismo, o peor aún, que la seguridad pública ya no existe porque “lo de hoy” es la “seguridad ciudadana”. Y bueno, ¿cambiándole el nombre a la Dependencia es como se piensan resolver las cosas? Sin entrar en mayor detalle sobre la diferencia entre ambos tipos de seguridad, volveré al concepto de seguridad pública: resulta que, la seguridad pública no tiene una definición legal. Aunque el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública refieran que “la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social”, realmente no tenemos una definición de seguridad pública, puesto que una definición debe contener elementos esenciales como un descriptor, una función y una concreción, sin dejar de lado que como regla: los sustantivos se definen con sustantivos y los verbos con verbos. Entonces, el hecho de que la seguridad pública sea una función a cargo del Estado (en cualquier nivel de gobierno), no deja claro en qué consiste esa función, pese a que en la redacción normativa nos digan cuáles son los fines de esa función. En resumen, la seguridad pública no está definida como lo que es: un concepto subjetivo que consiste en una percepción de estar libres de peligros, riesgos o daños en el entorno social (lo público). De esta manera, la función de seguridad pública pudo ser acotada en el mismo marco Constitucional o en la legislación especial, puntualizándose que dicha función compete al Estado y que tiene la finalidad de (…). Sería muy útil que los ciudadanos comprendiéramos que nadie tiene la seguridad garantizada, y que al Estado le compete trabajar para hacernos sentir cada vez más seguros, y no de mantenernos seguros (como lo garantiza la norma); ahora sí, bienvenida la “seguridad ciudadana”, en la que el Estado y la población, corresponsablemente, nos mantenemos -cada vez más- seguros.


Lo mismo sucedió con el concepto de “seguridad interior”. El fracaso de la Ley de Seguridad Interior –además de las diversas disposiciones inconstitucionales que contenía- se debe en gran medida a que nunca dejó claro qué es la seguridad interior. Se escuchaban a “expertos” decir que consistía en que las Fuerzas Armadas debían intervenir en tareas de seguridad pública (cosa que siempre han hecho y seguirán haciendo), cuando lo que quisieron decir era que el Ejército y la Marina realizarían funciones policiales, y aun así eso es un error. La realidad es que la seguridad interior ha estado mencionada (no regulada) en la Constitución General, como una facultad del Ejecutivo Federal desde aquél lunes, 5 de febrero de 1917, en que se publicó nuestra Carta Magna, en su artículo 89, fracción VI, en la que se facultó al Presidente de México para “disponer de la fuerza armada permanente de mar y tierra para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”; de hecho, la fracción subsecuente del mismo artículo hace referencia a la facultad del Ejecutivo Federal para disponer de la hoy cuestionada “Guardia Nacional”, para lograr los fines señalados en la supracitada fracción VI. Cabe decir que, era obligación de los Mexicanos alistarse a la Guardia Nacional y una prerrogativa tomar armas en la misma para la defensa de la República y sus Instituciones. Es más, la Comisión Permamente del Congreso de la Unión estaba desde entonces facultada para autorizar al Ejecutivo Federal de “hacer uso” de la Guardia Nacional… ¡voilà!


Retomando la distorsión conceptual de “seguridad interior”, resulta que la Ley de Seguridad Interior (ya declarada inválida por sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a Acción de Inconstitucionalidad notificada 15-11-2018 y publicada DOF 30-05-2019), en su artículo 2, intentó definirla con una pésima técnica legislativa, pues el principio de seguridad jurídica exige que las disposiciones de carácter general sean claras, de manera que sean inteligibles y comprensibles. Sin embargo lo que sucede con el “concepto” de seguridad interior es que se refiere a una condición que proporciona el Estado mediante una serie de mecanismos y acciones que están referenciadas en el artículo 4, fracciones I, II y III de esa misma Ley, los que a su vez remiten a otras disposiciones normativas de la Ley de Seguridad Nacional (LSN) para referir cuáles deben considerarse acciones de Seguridad Nacional y amenazas a la misma, que además en el caso del artículo 5, fracción IV, de la citada LSN, nos remiten al artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, construyendo un laberinto jurídico imposible de resolver y obligando a propios y extraños a disponer de un compendio legislativo en materia de seguridad innecesario. Ahora bien, ¿alguien tiene claro con esto qué es la seguridad interior? Lo cierto es que las instituciones policiales sí han sido superadas por amenazas y otros fenómenos que afectan la tranquilidad y el orden públicos, pero que además impiden de manera directa el desarrollo nacional y transgreden la soberanía y las buenas relaciones internacionales, de manera que resulta necesaria la intervención coordinada de las fuerzas de seguridad del país, comandadas evidentemente por alguien.


Establecer que las disposiciones de la Ley de Seguridad interior son materia de seguridad nacional, en términos de lo dispuesto por la fracción XXIX-M del artículo 73 y la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad interior, fue erróneo y sumamente confuso, pues las referidas disposiciones Constitucionales facultan, respectivamente: al Congreso para expedir leyes en materia de seguridad nacional, y al Ejecutivo Federal para preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva (LSN), y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación… saque usted sus propias conclusiones.


Lo cierto es que, la seguridad interior debe procurarse y compete a la Federación coordinar las acciones tendentes a la misma, pero para regularla primero es necesario comprender y hacer comprender, qué es y cómo se va a procurar.


La Ley de Seguridad Interior de la República Argentina dispone en sus artículos 2° y 3° que la seguridad interior es una situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional, y que implica el empleo de los elementos humanos y materiales de todas las fuerzas policiales y de seguridad de la Nación a fin de alcanzar tales objetivos… ¿suena más claro? Ahora a regular los procedimientos, mecanismos, alcances, ámbito de validez, espaciales, temporales, jurisdiccionales, etcétera.


Y así nos llevaría mucho tiempo mencionar las diversas distorsiones conceptuales que nos alejan de una verdadera estrategia de seguridad, y todo porque el zapatero no está trabajando los zapatos. Urgen licenciados en derecho en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal que sepan elaborar proyectos legislativos… ¡ah! y un Comandante… ya se imaginarán dónde.






lunes, 11 de mayo de 2020

Cuando las Mentiras Nos Alcanzan


Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes


         Después de haber criticado duramente las políticas en materia de seguridad de las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, la administración federal actual, encabezada por Andrés Manuel López Obrador ha decidido que las Fuerzas Armadas regresarán a las calles para participar “de manera extraordinaria” en labores de seguridad pública, así quedó establecido en el decreto publicado el lunes 11 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).




         El texto refiere que las tareas que realizará este cuerpo de seguridad serán a partir del día de publicación y durante los próximos cinco años (sin posibilidad de que este periodo se alargue), mientras la Guardia Nacional desarrolla estructura, capacidades e implantación territorial. Lo que deja a descubierto el fracaso rotundo en la articulación de la estrategia en materia de seguridad del gobierno mexicano. Lo anterior queda sustentado con las declaraciones hechas por el entonces candidato presidencial donde criticaba el uso de militares en tareas de seguridad pública, incluso señalando que eso había sido el factor detonante de la violencia en México, después con el nombramiento de Francisco Alfonso Durazo Montaño como Secretario Seguridad y Protección Ciudadana Federal pese a no tener el perfil ni los conocimientos necesarios, esto dicho por el propio Durazo en medios de comunicación (incluso denostando la función policial) nacionales antes de tomar las riendas de la seguridad interior en México. (Minuto 1:50 del enlace)



         Según el documento firmado por el presidente mexicano, la participación del Ejército, Fuerza Aérea y Marina será "regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de Seguridad Pública a cargo de ésta última". Lo anterior parece un chiste muy  pero muy malo ya que los mandos del ejército mexicano jamás se subordinarán a lo que, en teoría es una institución civil de disciplina militarizada como lo es una Policía.


         También plantea que se "regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia".


         “Se instruye al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (Alfonso Durazo) para coordinarse con los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional”, apunta el acuerdo.”


         Así las cosas en nuestro México, la persona que “coordinó” el fallido operativo contra Ovidio Guzmán en Culiacán en octubre de 2019 será quien “coordine” el actuar del ejército mexicano en una tarea que no están preparados para realizar, no por falta de ganas, sino debido a que por génesis la labor militar es diametralmente diferente a la policial aunado a que la misma persona ha demostrado no tener los conocimientos necesarios para llevar a cabo la tarea que le fue encomendada que fue la Seguridad Interior del país.


         Con medidas como esta cabe hacer la siguiente reflexión: En la Colombia 80’s golpeada por la violencia que ejercían los cárteles de las drogas, nadie pensó en deshacerse de la Policía Nacional, pensaron en una reingeniería, en reinventarse para salir delante y airosos de los retos que se estaban viviendo en ese momento. Si hacemos el paralelismo con México, queremos encontrar el hilo negro cada 6 años (Que es lo que dura una administración federal) desde 1981 (año en que nací) hasta la fecha hemos tenido al menos 15 instituciones policiales federales; así señores y señoras no se puede y lo que se nos vendió como “La Esperanza de México” parece convertirse en su sentencia de muerte y para muestra este Twitter de la presidenta del partido en el poder que data del 2017…¿Qué cosas no?





hidalgomontes@gmail.com