Revisión de Automóviles
Por: Mtro. Eduardo García Anguiano.
Diversas medidas
de prevención del delito son cuestionadas por presunción de violaciones a los
derechos humanos.
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación avaló que la policía pueda inspeccionar a
personas y vehículos sin la existencia de orden judicial previa en el
desarrollo de la investigación de un delito, cuando haya sospecha razonable o
flagrancia y no por la apariencia física del individuo.
Para analizar
este tema primero veamos los tipos de funciones policiales en materia de
seguridad pública:
Legalista.- Cuando la policía
detiene a una persona para que se sancione una falta administrativa o llevarla
al ministerio público por presunción de un delito, ejemplo: se aplica tolerancia
cero en las revisiones para detectar si un conductor maneja en estado de ebriedad
en la Ciudad de México; ni siendo Senador la libras. Esta medida busca prevenir
accidentes que terminen en delitos como el homicidio imprudencial o daños en la
propiedad privada.
Vigilancia y Control.- Con acciones
policiales de revisión en carreteras, entradas a las ciudades o en
patrullamientos y cuando se considera sospecha revisan a personas o bienes y en
caso de fugas o actos terroristas se forman círculos de revisión para detectar
agresores. El objetivo es prevenir delitos como robo de autos, diversos
tráficos ilícitos, disolver grupos que pudieran cometer algún delito o falta
administrativa y en general detener a presuntos delincuentes.
Proximidad Social.- Se desarrolla el
contacto con la población para conocer necesidades y obtener la colaboración en
la prevención y control de los delitos, ejemplos: vecinos vigilantes, alarmas,
denuncias anónimas o cualquier otra que implique interrelación con la
población.
Existen otras medidas
dependiendo del tipo de prevención del delito, pero eso no cancela que estas
tres funciones tengan su impacto en ella, porque en la medida en que aumentan
los riesgos las medidas de prevención y control también.
¿La funciones
legalista, de vigilancia y control y de proximidad social violan los derechos
humanos? en el aspecto procedimental puede haber una respuesta, pero por
principio para conservar el orden social, que es la función principal de la
seguridad pública, las tres funciones policiales contribuyen a este objetivo.
Aristóteles expresó:
“Es preciso preferir la soberanía de la ley a la de uno de los ciudadanos”.
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