1

1

lunes, 14 de diciembre de 2020

El Rumbo de la Seguridad Nacional

 

Por: Mtro. Eduardo García Anguiano

 

 

El marco jurídico de la seguridad nacional debe contribuir a fortalecer esta condición en México. 

 

Las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado de la República, aprobaron el proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional; en tanto continúa el proceso legislativo ¿qué se puede comentar al respecto? 

 

Postura Internacional.- Las modificaciones a la normatividad en esta materia deben considerar una postura en el concierto internacional con relación a los países socios, hostiles o neutros, pues no es lo mismo abordar temas de seguridad nacional con los socios comerciales del T-MEC, que forman parte de la OTAN, que con los países africanos; también es necesario considerar que compartimos fronteras terrestres con un país de la mancomunidad británica de naciones y con América Latina. 

 

Aspectos Jurídicos.- La Ley en comento fue aprobada en 2005 y su última modificación en 2019 agregó como amenaza a los actos ilícitos en contra del fisco federal a los que hace referencia el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y no tocó otros aspectos de mayor relevancia, siendo esta disposición propia de la materia fiscal mas que de la seguridad nacional. Sin embargo, es posible que la Ley se actualice en consonancia con los tiempos actuales. 

 

Asuntos Operativos.- Resolver un tema de coyuntura con modificaciones legales generales no es recomendable, en todo caso es preferible ser más específico y rescatar la experiencia del Acuerdo del 3 de julio de 1992, donde se establecieron las normas que regulan la estancia temporal de los agentes representantes de entidades de gobiernos extranjeros, que tenía un objetivo claro como lo señalan los 10 considerandos, en el contexto del secuestro del Dr. Álvarez Machaín. 

 

De esta forma, una disposición específica puede otorgar mayor claridad y no constreñir los aspectos operativos de la cooperación bilateral en las diversas materias de la seguridad nacional, que incluyen incluso los aspectos estratégicos de la defensa nacional, pues con cada país se tienen intereses diferenciados y las agencias extranjeras abarcan un número amplio de temas. 


En paralelo, es recomendable que en el país se elabore un programa de seguridad nacional y directrices específicas de inteligencia para los asuntos de la agenda, en función de las atribuciones que le corresponden a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la que depende el personal con los controles de confianza necesarios para su ejecución. 

 

El francés Jean Paul Sartre expresó: “Todos los medios son buenos cuando son eficaces”. 

 

secretariadoejecutivo1313@gmail.com





viernes, 11 de diciembre de 2020

Militarización de la Seguridad Pública: pequeños detalles, grandes errores.


Por: David Posada Munive



    Hace poco observaba a un Policía Militar que portaba brazalete de la Guardia Nacional y vi que traía consigo su placa de identificación tipo “dog tag”, que colgaba de su cuello; de manera inconsciente me puse a pensar en su utilidad y en sus riesgos… 


    Las placas o chapas de identificación son de uso reglamentario para las Fuerzas Armadas de muchos países en el mundo. Los Convenios de Ginebra, (C. I, art. 16 y C. III, art. 17), refieren a la obligación de los Estados en conflictos armados de dotar a sus combatientes de placas de identidad; por su parte el Estatuto de Roma (art. 8), en lo relativo a los crímenes de guerra, tipifica el hecho de que un combatiente despoje de las placas de identidad a un contrario, vivo o muerto. En Estados Unidos, su uso obligatorio está establecido según la Regulación 670-1 (AR670-1) p3-11: “…los soldados usarán placas de identificación en todo momento mientras estén de servicio en uniforme, a menos que el comandante indique lo contrario…”. La principal razón por la que los militares deben portarla es para su identificación en caso de resultar heridos o abatidos en combate, así como tener referencias de datos médicos genéricos útiles que faciliten su tratamiento en caso de resultar heridos. 


    A las placas de identificación también se les conoce en el argot militar como “chapa de perro” o “perrera”, ya que son semejantes a las placas metálicas empleadas en los collares de las mascotas con los datos de localización de sus respectivos dueños en caso de extraviarse. Los datos que deben grabarse en las placas de identificación según la reglamentación de cada país son diversos, pueden llevar el nombre del militar, un número de identificación único (matrícula), el grupo sanguíneo, el historial de vacunación, u otros datos que permitan identificar plenamente al soldado, incluso su religión; suelen fabricarse con metales resistentes a la corrosión, como el monel[1], el aluminio o el acero inoxidable, aunque en tiempo de guerra se ha llegado a emplear cualquier metal disponible.[2]


    El origen de las “chapas de perro” es incierto, pero una de las historias válidas narra que durante la Guerra Civil de 1861-1865, algunos soldados estadounidenses llevaban notas de papel con su nombre y domicilio en sus uniformes; otros soldados identificaban sus mochilas rayando plantillas con una navaja o la hebilla del cinturón del Ejército. Esto llamó la atención de los dueños de imprentas y fabricantes de tarjetas de presentación, quienes visualizaron una oportunidad de negocio y comenzó a publicitarse en los periódicos el servicio de “tarjetas de identificación militar”. Poco después se empezaron a fabricar en bronce o plomo con un agujero que por lo general tenían en uno de los extremos, con un águila o escudo troquelado, y frases como “War 4 Union” (La Guerra por la Unión), o “Freedom, Union and Equal” (Libertad, Unión e Igualdad), mientras que en la otra cara de la placa se mencionaba el nombre y unidad del soldado. 


    Un neoyorquino llamado John Kennedy escribió al entonces Ministro de Guerra (Secretario de Defensa) del Ejército de los EE.UU. en 1862, sugiriéndole suministrar las chapas a todos los funcionarios y hombres en el Ejército Federal, adjuntando un diseño para la chapa. Se dice que en el Archivo Nacional de Los EE.UU. se encuentra el original de esa carta, la cual como respuesta fue denegada, sin mayor explicación. Al final de la guerra, más del 40% de los muertos en la Guerra Civil de la Unión no pudieron ser reconocidos. 


    La cantidad de chapas que se llevan también depende del reglamento de cada país, pudiendo ser una o dos. Generalmente, si la normatividad indica que sea sólo una, ésta es de un material que puede romperse fácilmente en dos partes y los datos están grabados en ambas; mientras que si se emplean dos chapas, éstas son idénticas, y una de ellas cuelga de una cadena más corta, adherida a su vez de la cadena principal. Si el soldado muere en el campo de batalla y no es posible recuperar su cuerpo de inmediato, el compañero más cercano debe recuperar una de las chapas, en caso de haber dos, o romperla por la mitad si éste lleva una, de esta forma se puede identificar el cuerpo y confirmar la baja. 


    Algunas recomendaciones que han surgido de experiencias en el uso de las “chapas de perro” son: 

- Procurar, incluso a nivel reglamentario, que las placas sean de color verde olivo o negro mate, para evitar el brillo, ya que puede delatar la posición del soldado. 

- Portarlas con “silenciadores”, que son los recubrimientos plásticos o de goma que van alrededor de la placa, para evitar que suenen al chocar cuando el soldado se desplaza. 

- No grabar el nombre completo, sino únicamente las iniciales, adicional al número de matrícula y los datos del grupo sanguíneo y alergias, en su caso, si es donante o no de órganos. 

- Que la correa no sea tan larga y sea de un material resistente pero fácil de romper o arrancar con un firme jalón, para poder ser recuperadas con facilidad y evitar ahorcamientos con la correa. 

- Grabar los datos suficientes para ser identificados, sin necesidad de poner domicilio, teléfonos u otros datos personales que puedan ser empleados con fines maliciosos. 


    La pregunta obligada es: ¿deben las Policías reglamentar el uso de placas de identificación para sus integrantes? Al principio podría sonar a una buena idea, tomando en cuenta que en México hay cifras muy elevadas sobre policías y militares desaparecidos, así como los recurrentes hallazgos de fosas clandestinas; sin embargo, debemos tomar en cuenta que la función policial requiere acciones más directas y cercanas a la sociedad, por lo que el uso de estas chapas de identificación podría resultar perjudicial, y con ellas sujetar o dañar a los policías en alguna intervención en que se requiere el contacto físico con otras personas. 


    Todo esto viene a colación únicamente para concluir con una reflexión: si el uso de una simple placa de identificación merece un sesudo análisis respecto a si por ser de origen o tradición militar podría ser útil o aplicable en la función policial, ¿por qué cosas tan importantes como el mando operativo, el adoctrinamiento, el adiestramiento y hasta el talento humano, simplemente pasan de ser de carácter militar a civil con un “decretazo”?...Seguimos pendientes... 


iurisdapomu@gmail.com








[1] Aleación de Níquel y Cobre.

[2] Medals of America. “The history of Dog Tags”. Disponible en: https://www.medalsofamerica.com/blog/the-history-of-dog-tags/

martes, 8 de diciembre de 2020

Cuando Tropiezas de Nuevo y con la Misma Piedra



Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes



    Ya han pasado dos años de la administración del Presidente López Obrador y los resultados en su administración han sido de claroscuros: crisis económica, pandemia, escándalos de corrupción tanto de administraciones pasadas como en la propia, etc. y en materia de seguridad no ha sido la excepción. Cifras nada halagadoras rebasando frecuentemente máximos históricos en diferentes tópicos de inseguridad mes a mes según organismos internacionales ONG´s o el propio Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) quien hasta hace unos días era la fuente de información más confiable del país (ya que hace unos días nombró como Presidente del organismo a una persona afín a sus políticas). 


    Primero, el político Francisco Alfonso Durazo Montaño quien su “basta experiencia en seguridad” se resume en: secretario particular del extinto Luis Donaldo Colosio Murrieta (quien fuera asesinado en 1993), portavoz en jefe y secretario particular del expresidente Vicente Fox, de ahí fue secretario de Seguridad y Protección Ciudadana desde el 1 de diciembre de 2018 hasta su dimisión el 30 de octubre de 2020 puesto que desempeñó de una manera más que cuestionable sin dejar resultados palpables. Debido a sus aspiraciones políticas en el norteño estado de Sonora sale al quite Rosa Icela Rodríguez, periodista y que se desempeñó como secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, desde el 5 de diciembre de 2018 hasta el 26 de julio de 2020 

    
    La militarización de la seguridad, desde un experimento sucedido en la extinta PGR en 1997, pasando por la fallida “Guerra Contra el Narco” de Calderón hasta la farsa que es la Guardia Nacional, ha producido el indeseable efecto de la ley del mínimo esfuerzo ya que, en lugar de aprovechar la presencia castrense en las calles para crear instituciones policiales sólidas, confiables y eficientes en los lugares que eran focos rojos de inseguridad por delincuencia común así como organizada, hizo que en muchos casos, tanto autoridades estatales así como municipales se sentaran cómodos a ver como los militares hacían el trabajo que, legalmente, les correspondía. Lo que agravó más la actual crisis de seguridad que, junto con los pésimos resultados económicos más la crisis de la pandemia causada por el COVID-19 ha dejado, ha puesto a nuestro México contra las cuerdas. 


    El error de la administración federal es el mismo de otras administraciones antecedentes. Es inconcebible nombrar como secretario de Seguridad Pública a alguien sin Academia Policial y muchas veces carentes de experiencia previa en puestos similares, tal y como son los dos casos anteriormente expuestos. 


    La Esencia de la Función Policial es la Doctrina, esa Doctrina que solo se aprende en las instituciones policiales, es por ello lo crítico que se vuelve la labor de las Academias de Formación Policial, o ¿Es acaso posible ser militar sin haber hecho el curso básico de formación o, en su caso, haber asistido al Heróico Colegio Militar? 


    La Doctrina Policial son el conjunto de Principios y Valores que comparte el Policía como individuo y la Institución Policial, donde se les inculca el arriesgar su físico, y en muchos casos, hasta la vida en aras de proteger al prójimo y hacer cumplir la ley. 


    Es por eso que ni los Durazo, ni las Rosa Isela ni muchos otros darán resultados, porque no entienden cómo ejercer la Función Policial con coherencia de rol, es decir: cumplir cumpliendo; hacer respetar, respetando; ordenar obedeciendo; y lograr que los ciudadanos cumplan su deber poniéndoles el ejemplo, es decir no pueden ser algo para lo que nunca se prepararon. 



hidalgomontes@gmail.com