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jueves, 16 de mayo de 2013

“Estado de Sitio… ‘ilegal’…”



Por: Maestro Eduardo García Anguiano



Irrumpe en México un “Estado de Sitio de facto” en diversas partes del territorio nacional.


Las definiciones del concepto Estado de Sitio son varias, algunas hacen énfasis en lo político otras en lo jurídico, coinciden en que es un régimen de excepción ante situaciones especiales con las características en tiempo y forma regidas por una modalidad legal suprema. 


El término es similar al de estado de guerra con facultades preponderantes de las fuerzas armadas para los actos de control y represión; generalmente durante él se suspenden las garantías individuales en mayor o menor medida, según cada constitución y legislación nacional. 


Para la persona común el Estado de Sitio implica no trasladarse a ciertas horas, no reunirse en actos públicos, ser detenido para investigación sin las modalidades procedimentales, en fin, no realizar las actividades que prohíba el gobierno durante el tiempo y en el lugar donde se aplique esta medida excepcional.


Ahora bien, en diferentes lugares del país se vive en la práctica una situación semejante a la que se derivaría de dicho Estado:



  • En Guerrero, Michoacán, Oaxaca, Veracruz, Chiapas, Sonora, Chihuahua, Estado de México, Puebla, Colima y Tabasco, existen grupos de autodefensa que colocan retenes impidiendo el libre tránsito y revisando los bienes materiales de la población.
  • En tramos de las carreteras de Michoacán, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas se ha limitado la libre circulación por actos de violencia.
  • En algunos municipios los ciudadanos son tratados ante faltas administrativas o asuntos de vialidad por las fuerzas armadas, porque han sustituido a las policías locales. 
  • En otros municipios las policías municipales no responden a peticiones del ciudadano porque obedecen a intereses ajenos de los poderes fácticos.
  • Algunas empresas han abandonado su lugar de trabajo ante la difícil situación, lo que imposibilita la libertad de dedicarse a la actividad económica que se desea, siempre y cuando sea legal.
  • Muchas familias se han desplazado a sitios distintos a los de su residencia habitual y algunas hasta el extranjero, por los hechos o presiones de que han sido objeto.
  • Existen organizaciones clandestinas que cobran cuotas por realizar actividades productivas permitidas en la ley.
  • Se han presentado casos de retención de personas en tránsito migratorio para diversos fines ilícitos.


Esta situación no es el producto de un Estado de Sitio, sino de la actividad de diversos grupos con capacidad de organización y fuerza que pueden imponerla. 


¿Significa lo mismo ser víctima de un delito a lo que estamos enlistando? considero que no, si bien los hechos que citamos son ilegales, su presencia consuetudinaria y modalidades afecta ya a otros campos: trastoca el funcionamiento de las actividades productivas, a la dinámica de los procesos sociales, suplanta el ejercicio del gobierno, su control territorial y la potestad del uso de la fuerza legítima; dicho de otra manera, afecta el destino como sociedad organizada.


La comisión de ilícitos es un asunto de la seguridad pública, lo segundo que se señala es uno de los temas de agenda de la seguridad nacional, porque se empieza a gobernar sólo el territorio que se pisa.


Por eso presenté el título de estas líneas de esa forma, porque en la práctica ocurren hechos que impiden el goce de los derechos humanos y las garantías individuales. Paradójico, en el México regional irrumpe un “Estado de Sitio… ‘ilegal’…”


@EGAnguiano




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